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La Policía Local de Azuqueca intensifica la campaña informativa sobre la ordenanza de Vehículos de Movilidad Personal
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La Policía Local de Azuqueca intensifica la campaña informativa sobre la ordenanza de Vehículos de Movilidad Personal

El incumplimiento de la normativa se sancionará a partir del 1 de noviembre

miércoles 25 de octubre de 2023, 12:24h
Durante esta semana, la Policía Local de Azuqueca de Henares está reforzando la campaña informativa de la ordenanza municipal de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), así como los controles a las personas usuarias de los VMP. “El texto se aprobó de manera definitiva por unanimidad en el Pleno del pasado 27 de julio y, antes de aplicarse con carácter sancionador, desde el Ayuntamiento abrimos un plazo para dar a conocer la ordenanza que finalizará el próximo 31 de octubre”, explica el alcalde, José Luis Blanco.

“Los agentes de la Policía Local están parando a quienes se desplazan en VMP por las vías públicas para comprobar si circulan cumpliendo la ordenanza, además de dar a conocer esta normativa municipal, aclarar las posibles dudas y explicarles que los Vehículos de Movilidad Personal que sean propiedad de personas empadronadas en Azuqueca deben inscribirse en el registro municipal del Ayuntamiento”, apunta el concejal de Seguridad, Antonio Expósito.

Registro gratuito

El registro es gratuito y puede tramitarse de manera presencial en el Servicio de Atención a la Ciudadanía (SAC), o bien, a través de la web municipal (pinche AQUÍ, y en el apartado SAC -Servicio de Atención a la Ciudadanía-, encontrará los enlaces de Solicitud de Alta VMP, Solicitud de baja de VMP, Solicitud de cambio de titular de VMP y Solicitud de Alta VMP para menores de edad). “Hay que completar un formulario, donde, además de los datos identificativos del titular, se solicita la ficha técnica del VMP”, detalla. “Solo las personas mayores de edad pueden formalizar el registro, por lo que los usuarios menores de edad –a partir de los 15 años- deben acudir acompañados del padre, madre o tutor legal”, aclara.

El registro anota altas, bajas y cambios de titularidad. “Una vez rellenado el formulario, se entrega un resguardo que debe llevarse encima hasta que se reciba por correo la pegatina identificativa y personalizada que proporcionaremos desde el Ayuntamiento a cada titular de VMP”, avanza. La pegatina deberá llevarse visible en el vehículo.

El edil de Sostenibilidad, Rodrigo Vasco, apunta que “además de la información que está trasladando directamente la Policía Local, también se han programado campañas informativas específicas en los institutos de la ciudad”. En este sentido, en la semana del 30 de octubre al 3 de noviembre, está previsto que la Policía Local imparta charlas a cerca de 1.000 estudiantes de los cursos de 3º y 4º de la ESO de los cuatro centros de Educación Secundaria de Azuqueca: los IES Arcipreste de Hita, San Isidro y Profesor Domínguez Ortiz y el concertado Giovanni Antonio Farina. “Son sesiones de unos 20 minutos de duración en las que se repasan las normativas de la Dirección General de Tráfico (DGT) y municipal, se muestra la cartelería impresa por el Ayuntamiento como resumen gráfico de la ordenanza municipal y se insiste en la importancia del registro”, señala Rodrigo Vasco.

Contenido de la ordenanza

La ordenanza establece que los VMP son “vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima entre 6 y 25 kilómetros por hora”. Solo se permite su uso con un solo ocupante, que tendrá la consideración de conductor, y “está prohibido transportar a otras personas o circular dos o más personas en el VMP”. La edad mínima para conducir un VMP es de 15 años.

Las personas usuarias deben llevar colocado sobre el cuerpo un chaleco reflectante obligatorio y usar un casco de protección homologado. Los vehículos, por su parte, deben contar con dispositivos de iluminación y retro reflectantes, timbre y sistema de frenado.

Los VMP están autorizados a circular por “carril-bici, carril acera-bici, pista-bici y senda ciclable y, en general, por todos los espacios donde se permite la circulación de bicicletas en vías urbanas del municipio”. El texto recoge expresamente que no está permitida la circulación por la acera y tampoco se autoriza la circulación en parques, plazas y zonas peatonales, salvo autorización expresa. En cuanto a la velocidad, por el carril-bici situado en acera, el límite de velocidad máxima es de 10 km/h y, por el resto de vías del municipio, de 25 km/h, respetando la señalización vial.

La ordenanza prohíbe usar auriculares o el móvil mientras se conduce, así como el consumo de alcohol y drogas.

En cuanto a las infracciones, pueden ser leves y graves con multas de hasta 100 euros y de 101 a 200 euros, respectivamente.
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