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Caja Rural Castilla-La Mancha devuelve a una socia de Facua unas comisiones cobradas indebidamente

Caja Rural Castilla-La Mancha devuelve a una socia de Facua unas comisiones cobradas indebidamente

El Banco de España señala que "no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento o administración si la cuenta se mantiene con el único fin de hacer frente a un préstamo hipotecario"

lunes 06 de julio de 2015, 14:44h
FACUA-Consumidores en Acción ha conseguido que Caja Rural Castilla-La Mancha devuelva a una socia de Castilla-La Mancha las comisiones por mantenimiento que la entidad vinculó durante cuatro meses a una cuenta que se utiliza exclusivamente para el pago de un préstamo hipotecario.

María Dolores Vicente, socia de FACUA Castilla La Mancha, tiene una cuenta que utiliza únicamente para el pago de las cuotas derivadas de un préstamo hipotecario. Hace unos meses observó que, pese a no tener ningún otro uso, la citada Caja Rural estaba cargando sobre la misma diferentes comisiones por matenimiento, por lo que decidió acudir a FACUA para presentar las reclamaciones oportunas.

En su denuncia, la organización argumenta que el propio Banco de España recordó en la Memoria 2012 de su Servicio de Reclamaciones que "no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración cuando las cuentas se mantienen con la finalidad de ser utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito o para dar servicio a un préstamo hipotecario".

Además, el Banco de España afirma que "las comisiones bancarias y los gastos deben responder a servicios financieros efectivamente prestados o gastos habidos. No le pueden cobrar a usted por servicios que no haya solicitado o aceptado. En todo caso, la entidad deberá informarle personalmente y por anticipado del coste del servicio".

Malas prácticas
En este sentido, cabe destacar que FACUA ha denunciado ante el Banco de España y las autoridades de consumo las malas prácticas e ilegalidades de numerosas entidades financieras.

FACUA también expone que el cobro de comisiones en cuentas utilizadas únicamente para el pago de préstamos supone una cláusula abusiva, prohibida por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Concretamente, se trata de "obstáculos onerosos o desproporcionados para el ejercicio de los derechos reconocidos al consumidor en el contrato".

La citada Ley también considera abusivo "el cobro por productos o servicios no efectivamente usados o consumidos", además de obligar a "poner a disposición del consumidor y usuario de forma clara, comprensible y adaptada a las circunstancias la información relevante, veraz y suficiente sobre las características esenciales del contrato" .

A los pocos días de la intervención de FACUA, Caja Rural Castilla-La Mancha estimó la solicitud y procedió a la devolución de las cantidades cobradas indebidamente por este concepto durante cuatro meses.
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