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Según informa Ausbanc

El Juzgado Instrucción 4 de Guadalajara proclive a anular la cláusula de suelo y a aplicar la retroactividad

El Juzgado Instrucción 4 de Guadalajara proclive a anular la cláusula de suelo y a aplicar la retroactividad

Ausbanc quiso animar a los accionistas a presentar con urgencia sus demandas judiciales, de las que afirmó “se están ganando entre un 90-95%”

jueves 22 de enero de 2015, 19:12h
El letrado de Ausbanc, Vicente Rodrigo, acompañado por el director de Comunicación y Relaciones Institucionales, Hermenegildo García, compareció este 22 de enero en rueda de prensa en Guadalajara para explicar cómo los accionistas de Bankia que han sido ‘engañados’ por la entidad pueden recuperar su inversión. Rodrigo hizo un repaso exhaustivo a cómo Bankia puso a la venta sus acciones en el año 2011 con una intensa campaña de marketing en la que destacaba la fortaleza, la rentabilidad y la solvencia de la entidad. Ahora se ha demostrado a través de dos informes del Banco de España lo que Ausbanc ya viene diciendo desde hace meses, que esa información era falsa, estaba “simulada y adulterada” ya que cuando Bankia mantenía en que en 2011 sus ganancias eran de 305 millones de euros no era cierto, y la verdad era que su pérdidas reales llegaban a 2.979 millones de euros.

Por tanto, la comercialización de las acciones llevada a cabo por Bankia incurre un claro supuesto de dolo grave, por cuanto que la información facilitada a los potenciales accionistas consistió en todo momento en ofrecer una imagen de Bankia S.A. como un entidad solvente y rentable, siendo evidente que sus clientes nunca hubieran accedido a suscribir las acciones de una compañía que en realidad presentaba enormes pérdidas patrimoniales, y que sólo meses más tarde le obligarían a solicitar 19.000 millones de euros de dinero público.

Con este argumento, el representante de Ausbanc quiso animar a los accionistas a presentar con urgencia sus demandas judiciales, de las que afirmó “se están ganando entre un 90-95%”. Eso sí, aconsejó que a los accionistas que no demoren sus reclamaciones e interpongan las acciones judiciales a lo largo de los próximos meses.

Otras malas prácticas bancarias: cláusula suelo y swaps

Vicente Rodrigo informó también a la prensa sobre las últimas sentencias ganadas en Guadalajara sobre cláusula suelo y swaps.
En lo que se refiere a cláusula suelo, Rodrigo anunció que el Juzgado de Instrucción nº 4 de Guadalajara se está mostrando especialmente proclive a no sólo declarar nula la cláusula suelo recogida en los contratos hipotecarios sino también a aplicar la retroactividad y obligar a las entidades a devolver las cantidades cobradas de más. Puso como ejemplo la reciente sentencia de este juzgado contra Banco Popular por la que se anula la cláusula suelo del 3,50%, con devolución de cantidades y condena en costas. En este caso concreto la cláusula estaba en la escritura del préstamo del promotor al que se subrogaron los asociados de Ausbanc. La sentencia deja claro que aún así el deber de informar corresponde a la entidad no a la promotora.

“A mayor abundamiento, este supuesto es singularmente llamativo si tenemos en cuenta que la cláusula de limitación del tipo de interés ni siquiera está contenida en la escritura que firmaron los ahora demandantes, sino que se trata de una estipulación contenida en la escritura del préstamo promotor, a la que no tuvieron sino un acceso parcial los actores en Mayo de 2013”.
“(…)es indiferente que el préstamo hipotecario se contratara por subrogación, ya que si bien es cierto que el deber de información, cuando el cliente se subroga en un préstamo promotor, incumbe, en primer lugar, a éste, ello no exime a la entidad financiera de advertir o comprobar que el cliente que se subroga conoce el contenido del contrato. En este sentido se expresa la ST de la AP de Cáceres, Sección 1ª, de 7 de Julio de 2014”.

En cuanto a la comercialización indebida de permutas financieras, -swaps-, Rodrigo alertó sobre su peligro y cómo estos productos, vendidos como falsos seguros de protección contra las subidas de tipos, han llevado a la ruina a cientos de empresas. Los juzgados ya los están declarando nulos y en está ocasión el juzgado ha obligado a La Caixa a devolver a su cliente más de 7.500 euros al anular el juzgado dos contratos a nuestro asociado.

En este caso los swap fueron suscritos por la esposa de nuestro asociado, mediante un poder de representación que éste había otorgado expresamente para poder suscribir la operación. En enero de 2009 nuestro asociado acudió a la oficina de La Caixa, con la intención de obtener financiación por importe de 53.000 euros para sufragar los gastos de instalación de una clínica de fisioterapia por parte de su hija. Para ello nuestro cliente propuso una ampliación del segundo de los dos préstamos hipotecarios que ya tenía suscritos con este banco, pero el empleado le manifestó que eso no era posible y que debía concertar un tercer préstamo por el importe pendiente del segundo y por la suma que necesitaba, cancelando el segundo préstamo y suscribiendo el préstamo con el interés previsto en el convenio que tenía La Caixa para los miembros de la Guardia Civil, con un collar del 4% al 9%. Ante la negativa del cliente el empleado le colocó sendos swaps con tipo interés fijo durante tres años del 3,963% y del 4,313%.

Con cita de la STS de 8 de julio de 2014, la sentencia de Guadalajara concluye que la entidad bancaria ofertó la operación a un cliente minorista, como un producto adecuado para evitar el perjuicio que podía derivarse de una subida de los tipos de interés aplicables a su hipoteca y lo hizo sin test de idoneidad ni de conveniencia, como ha quedado expuesto en hechos probados, y sin suministrar la información adecuada sobre los riesgos del producto.
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