La Renta 2025 arranca el día 8 de abril: plazos, novedades y claves
lunes 06 de abril de 2026, 12:45h
La Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio 2025 comenzará este miércoles, 8 de abril de 2026, con la apertura del plazo para presentar la declaración por Internet, según el calendario de la Agencia Tributaria. El proceso se extenderá hasta el 30 de junio, fecha límite general para cumplir con esta obligación fiscal.
La Agencia Tributaria ya ha activado el acceso a los datos fiscales y al nuevo servicio para obtener el número de referencia de 2025, una herramienta que permite gestionar los servicios de esta campaña y también los de ejercicios anteriores. Desde el inicio del plazo, los contribuyentes podrán consultar y tramitar el borrador del IRPF por medios electrónicos a través de la sede de la AEAT.
Además de la vía telemática, Hacienda mantendrá los canales habituales de ayuda para confeccionar la declaración. La atención por teléfono estará disponible entre el 6 de mayo y el 30 de junio, aunque la cita previa podrá solicitarse desde el 29 de abril hasta el 27 de junio.
La confección presencial de las declaraciones en oficinas de la Agencia Tributaria se desarrollará entre el 1 y el 30 de junio, también con cita previa, que podrá pedirse desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.
Eso sí, los contribuyentes deben tener en cuenta una fecha clave: en las declaraciones con resultado a ingresar y con domiciliación bancaria, el plazo finalizará el 25 de junio, cinco días antes del cierre general de la campaña.
En cuanto a las formas de pago, la cuota tributaria podrá abonarse mediante domiciliación, cargo en cuenta, Número de Referencia Completo (NRC), tarjeta bancaria, transferencias instantáneas a través de plataformas seguras como Bizum y también con documento de ingreso impreso para pagar en una entidad colaboradora.
Quiénes están obligados a presentar la declaración
Estarán obligados a declarar los contribuyentes con rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales cuando procedan de un solo pagador, o de 15.876 euros cuando existan dos o más pagadores.
También deberán presentar la declaración todas las personas físicas que hayan estado de alta en cualquier momento del ejercicio como trabajadores autónomos, así como los perceptores del Ingreso Mínimo Vital y los miembros de su unidad de convivencia.
Por el contrario, los beneficiarios de prestaciones por desempleo finalmente no estarán obligados a presentar la declaración del IRPF, tras la convalidación en el Congreso del decreto de revalorización de pensiones que incorporó esta medida.
Los últimos datos de la Agencia Tributaria reflejan que en la campaña correspondiente al ejercicio 2024 se devolvieron 13.094 millones de euros a 15,611 millones de contribuyentes. A 30 de diciembre, se había ejecutado el 97,5% de las devoluciones solicitadas en número y se había abonado el 95,5% de los importes reclamados.
En total, se presentaron 24,72 millones de declaraciones, un 2,4% más que en el año anterior, y cerca del 65% del total, unos 16 millones de expedientes, salieron a devolver.
Durante esa campaña también se registraron más de 47.000 declaraciones rectificativas tras los avisos remitidos por la Agencia, una corrección que evitó en muchos casos comprobaciones posteriores, intereses y posibles sanciones.
Novedades para autónomos, ahorro y rentas bajas
La Campaña de la Renta 2025 incorpora varias novedades, aunque el marco estatal se mantiene relativamente estable. Entre los cambios más destacados figuran nuevas medidas para autónomos, modificaciones en las ganancias patrimoniales por premios, ETFs y sicavs, y una nueva deducción para rentas bajas.
Entre los ajustes técnicos del modelo, los asesores fiscales de Aedaf subrayan la incorporación de una nueva casilla en el apartado de autoliquidaciones rectificativas para solicitar que una autoliquidación previa se considere no presentada cuando en realidad no existía obligación de declarar. También se añaden casillas específicas para aplicar la nueva reducción sobre rendimientos de actividades artísticas obtenidos de forma excepcional.
Otra novedad relevante afecta al sistema de avisos de Renta WEB, que por primera vez identificará si los ascendientes o descendientes con rentas de entre 1.800 y 8.000 euros están o no obligados a declarar. El objetivo es reducir errores, liquidaciones posteriores y la necesidad de presentar rectificaciones.
El programa también calculará automáticamente el rendimiento mínimo de arrendamientos a familiares, una operación que hasta ahora recaía directamente en el contribuyente.
En el caso de los autónomos, la declaración del IRPF de 2025 incluirá dos nuevas casillas para reflejar regularizaciones de cotizaciones en estimación directa. Además, se amplía el desglose para declaraciones en módulos del sector agrícola y del resto de actividades, y se incorporan nuevas casillas para minorar la devolución de subvenciones.
Respecto a las ganancias patrimoniales, habrá dos nuevas casillas para declarar premios en función de si tienen o no fines publicitarios, y se crea un apartado específico para consignar las ganancias derivadas de fondos cotizados (ETFs) y sicavs, facilitando además el traslado automático de los datos.
También cambia el último tramo de la tarifa aplicable a la base liquidable del ahorro en el IRPF. El tipo marginal máximo estatal para la parte que exceda de 300.000 euros pasa del 14% al 15%. En el caso de los contribuyentes con residencia habitual en el extranjero, ese tipo máximo sube al 30%, frente al 28% anterior.
Por último, se mantienen los incentivos fiscales vinculados a inversiones en sostenibilidad, como la compra de vehículos eléctricos o las reformas para mejorar la eficiencia energética, y se suma una nueva deducción para las rentas más bajas, con la intención de compensar el impacto que puede tener la subida del Salario Mínimo Interprofesional, fijado en 16.576 euros.