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Condenado a 40 años de cárcel y prisión permanente revisable el acusado del triple crimen de Chiloeches

Condenado a 40 años de cárcel y prisión permanente revisable el acusado del triple crimen de Chiloeches

La Audiencia Provincial de Guadalajara, a través del procedimiento del Tribunal del Jurado, ha condenado a F.P.S., principal acusado de las muertes de un matrimonio y su hija en la localidad guadalajareña de Chiloeches (Guadalajara), a las penas de 40 años de cárcel y prisión permanente revisable por 3 delitos de asesinato con alevosía, el último, el de la joven, hiperagravado, según recoge el artículo 140.2 del Código Penal.

miércoles 04 de marzo de 2026, 14:15h
Los hechos se produjeron en abril de 2024 en la vivienda de las víctimas, ubicada en una urbanización de Chiloeches, y en los que estuvieron implicados tres jóvenes, el principal acusado, autor material de los asesinatos, y otras dos personas, uno de ellos pareja de la hija del matrimonio fallecido, informa el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en nota de prensa.

La sentencia dictada por la magistrada presidenta del Tribunal del Jurado, y en base al veredicto, recoge además para F.P.S. la condena a 4 años, 7 meses y 15 días por el delito de robo con intimidación y violencia en las personas en casa habitada y con uso de armas, y a 2 años de cárcel más por el delito de daños por incendio, este último cometido tras producir las tres muertes y con el objetivo de ocultar los hechos.

La magistrada establece en la resolución, como responsabilidad civil, el pago de una indemnización total de 400.000 euros al hijo y hermano de las víctimas, que se encontraba en el domicilio en el momento de los hechos y consiguió huir de la vivienda. La indemnización recoge 150.000 euros por cada una de las muertes de los padres y 100.000 euros por el fallecimiento de su hermana.

RESTO DE LOS ACUSADOS

Respecto de los otros dos acusados, y ahora condenados —D.M.A. y C.B.M., este último pareja de la joven fallecida—, la sentencia establece pena de prisión para ambos por el delito de robo con intimidación y violencia en las personas en casa habitada y con uso de armas, D.M.A. como cómplice —2 años, 1 mes y 16 días de prisión— y C.B.M. como cooperador necesario —4 años, 3 meses y 1 día de prisión—.

Según el veredicto del Tribunal del Jurado, y ahora reflejado en las penas de la sentencia, C.B.M. proporcionó con antelación a los hechos información detallada de la ubicación de la vivienda, así como otros datos que fueron relevantes para que el principal acusado ejecutara el robo.

En cuanto a D.M.A., la noche de los hechos acompañó al principal acusado en coche hasta la puerta de la urbanización, y quedó a la espera de la llamada de F.P.S. una vez se produjera el robo previsto.

Respecto a las atenuantes propuestas por los abogados de los tres encausados, actuación bajo la influencia de consumo de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas —F.P.S., D.M.A. y C.B.M.—; arrebato y obcecación, y reparación del daño —F.P.S.—; confesión y colaboración —A.D.M.—; y retraso mental ligero y trastorno de la afectividad —C.B.M.—, ninguna ha sido considerada para establecer la sentencia, todo ello en base al veredicto del Tribunal del Jurado, que no dio ninguna atenuante por probada, y en base a las pruebas practicadas en el juicio.

Por último, la sentencia establece como responsabilidad civil para el principal condenado, F.P.S., el pago de más de 163.000 euros a una compañía aseguradora, por los daños que tuvo que asumir tras el incendio provocado en la vivienda.

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