Aprobada por unanimidad la Ley de Mediación para resolver conflictos en Castilla-La Mancha
El consejero de Sanidad y Asuntos Sociales ha explicado que con la nueva Ley “se facilita la resolución de conflictos de forma pacífica”
jueves 12 de febrero de 2015, 18:51h
Sanidad y Asuntos Sociales destinará un espacio de entendimiento a las personas adoptadas que deseen conocer sus orígenes.
Las Cortes Regionales han aprobado hoy, por unanimidad de los grupos parlamentarios, la Ley del Servicio Regional de Mediación Social y Familiar de Castilla-La Mancha. Se trata de un texto legal que facilitará la resolución de conflictos de forma pacífica”, tal y como ha manifestado el consejero de Sanidad y Asuntos Sociales, José Ignacio Echániz.
En la presentación de la nueva ley, Echániz ha anunciado que Castilla-La Mancha contará con un Programa de Mediación Sanitaria en el SESCAM, con el objetivo de facilitar la resolución de conflictos.
A su juicio, “esta es una ley conciliadora, que tiene como objetivo fundamental superar conflictos y evitar la violencia, el desapego emocional y la ruptura”.
Según el consejero de Sanidad y Asuntos Sociales, “la mediación sanitaria permitirá resolver controversias entre profesionales y pacientes que de otro modo terminarían judicializándose, con costes indeseados para las partes”.
Con esta herramienta de mediación se avanza en los procesos de calidad de las prestaciones sanitarias, en la seguridad de los profesionales y en la satisfacción de los pacientes.
Primer texto normativo único sobre Mediación en España
El consejero de Sanidad y Asuntos Sociales ha destacado que “Castilla-La Mancha ha desarrollado, por primera vez en España, un único texto normativo sobre mediación. De esta forma, la política social del Gobierno de Cospedal vuelve a situarse a la vanguardia legislativa de España”.
“Mediante este texto se moderniza y fortalece el servicio público de la mediación, que en Castilla-la Mancha lo presta la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales por sí misma para cualquier tipo de mediación, o a través de entidades colaboradoras”, ha recalcado Echániz.
En su alocución ante el Pleno de las Cortes regionales, el consejero ha mostrado su satisfacción por el compromiso y la participación que han tenido en su redacción los jueces y fiscales de Menores de Castilla-La Mancha, expertos de la Universidad de Castilla-La Mancha, el Colegio Oficial de Educadores Sociales de Castilla-La Mancha, el Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de Castilla-La Mancha, el Consejo de la Abogacía de Castilla-La Mancha, el Consejo General de Colegios Oficiales de Procuradores de Castilla-La Mancha, las Asociaciones de Mediación de Castilla-La Mancha y técnicos de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales.
En esta línea, ha elogiado la disposición de los grupos parlamentarios “por su trabajo y por el clima de entendimiento”, ya que en palabras de Echániz, “ha permitido sacar adelante esta iniciativa legislativa de carácter social con consenso”.
Tipos de mediación
El texto legal incluye tres tipos: mediación familiar y social; mediación para el conocimiento de los orígenes en la adopción; y mediación judicial con menores infractores.
La mediación familiar incluye la mediación en ruptura de pareja y pretende desarrollar más ampliamente la superación del conflicto familiar entre padres e hijos o entre los miembros de la pareja (siempre que no exista violencia de género).
Esta ley contempla la mediación en los conflictos surgidos en el en el ámbito de la prestación de servicios sociales, en el escolar y en el sanitario. “También incluye la mediación inmobiliaria, para evitar la pérdida de vivienda de personas en situación de vulnerabilidad”, ha añadido Echániz.
La mediación para el conocimiento de los orígenes en la adopción incluye una medida pionera en España. “La Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales destinará, a través de medios propios, un espacio a las personas adoptadas que deseen conocer sus orígenes”, ha anunciado Echániz.
En cuanto a la mediación judicial con menores infractores, reconoce la posibilidad de acudir a la conciliación y a la reparación del daño. La conciliación implica que el menor reconozca el daño causado, se disculpe ante la víctima ésta y acepte sus disculpas, mientras que la reparación supone el compromiso realizado en beneficio de la víctima o de la comunidad.