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Sanidad prorroga las medidas especiales para frenar la expansión del coronavirus en la localidad guadalajareña de Cabanillas del Campo
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Sanidad prorroga las medidas especiales para frenar la expansión del coronavirus en la localidad guadalajareña de Cabanillas del Campo

lunes 05 de octubre de 2020, 20:19h

La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Guadalajara, ha prorrogado por otros 14 días las medidas especiales que se decretaron el pasado 22 de septiembre para frenar el avance de la pandemia de coronavirus en la localidad de Cabanillas del Campo.

Entre las semanas epidemiológicas 38 y 39 se han declarado en Cabanillas un total de 48 casos de COVID-19, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 459.68 casos/100.000 habitantes.

Todo ello, sumado a la proximidad a municipios y zonas de la Comunidad de Madrid con elevada incidencia, indica que Cabanillas del Campo se encuentra en un escenario de riesgo de transmisión comunitaria, lo que exigió la adopción de medidas complementarias (Nivel 2) a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en la región.

Medidas complementarias

Entre las medidas destacan el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales y la supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente.

Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería y restauración queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.

Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características, tanto las celebradas en locales de hostelería y restauración como las que se lleven a cabo en otro tipo de instalaciones, tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado, siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.

Respecto a los centros sociosanitarios se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los centros de día y a la supresión de visitas sociales en residencias de mayores, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.

No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante la salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa o que hayan superado la Covid-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.

A los trabajadores de los centros sociosanitarios que se incorporen tras su periodo vacacional tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.

Se procede a la restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y también se limita a un máximo de 25 el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos.

Como medidas complementarias se procede a la suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas

Asimismo, se suspende la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura, idiomas, etc.) y también se suspenden eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares.

Se procede al cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, bibliotecas y museos.

Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.

Se procede al cierre de la piscina municipal y otras instalaciones recreativas de este tipo de uso público independientemente de su titularidad.

Asimismo, se procede a la suspensión de espectáculos deportivos con asistencia de público y a la supresión de espectáculos taurinos.

Se suspende la celebración de mercadillos y mercados al aire libre, salvo en aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos.

También se procede al cierre cautelar de parques y jardines entre las 22:00 y las 8:00 horas.

En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.

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